BUENOS AIRES – La ley jubilatoria, que regresó al Parlamento tras el veto del presidente Milei, no fue aprobada, mientras personas mayores y sindicatos salieron a las calles y fueron, de nuevo, reprimidos por las fuerzas de seguridad.

Para la promulgación de la ley luego del veto eran necesarios dos tercios de los votos en ambas cámaras. Al no haber tenido éxito el trámite legislativo, no será posible volver a presentar el proyecto hasta dentro de un año.

La ley 27.756, aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado a finales de agosto, disponía la modificación del cálculo de las pensiones de jubilación, con un ajuste para mitigar el efecto de la inflación. Para aclarar, hoy el mínimo apenas llega a los 200 dólares mensuales, el precio de alquilar un monoambiente en un barrio promedio de Buenos Aires.

La iniciativa proponía que las jubilaciones fueran actualizadas de manera mensual en función de los últimos datos disponibles sobre la variación de la inflación-como se calculan hasta ahora-, pero también que se revisaran periódicamente en función de la variación del Ripte -el salario medio- para permitir la posibilidad de de mejorar los ingresos en contextos de crecimiento económico en los que los salarios aumentan.

La ley también preveía un aumento del 8,1 por ciento adicional para reconstruir los ingresos de las jubilaciones durante la fuerte inflación de enero -equivalente al 20,6 por ciento con respecto a diciembre- retroactivo desde febrero (el gobierno argentino había concedido sólo el 12,5 por ciento). Ese 8,1 por ciento más habría permitido, por tanto, compensar la pérdida de poder adquisitivo del 20,6 por ciento.

Además, la norma imponía un plazo de seis meses para que el Estado nacional cancelara  deudas previsionales por litigios relacionados con errores de cálculo en juicios con sentencia firme (están involucradas unas 90 mil personas) y aquellas que tiene con cajas previsionales provinciales de Córdoba, Buenos Aires, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego y Corrientes.

La cuestión de los fondos provinciales se remonta a la década del noventa, con un traspaso de competencias de algunas provincias al Estado nacional, y una disputa por una serie de aportes nunca pagados por el ANSES (la Administración Nacional de la Seguridad Social). Para el ejecutivo, el solo cumplimiento de la cancelación de deudas a las provincias y los juicios generaría que el Estado finalizara el año con déficit fiscal.

La razón por la que el Ejecutivo se opuso a esta parte de la ley es que cumplir con los pagos significaría que el Estado terminaría el año en déficit. Un problema financiero y político para un gobierno que considera como prioridad absoluta el equilibrio presupuestario.

Inmediatamente después de la sanción definitiva de la ley, el gobierno adelantó su jugada: el portavoz presidencial, Manuel Adorni, que por la mañana había declarado en conferencia de prensa que “todo lo que vaya en contra de las cuentas públicas se va a vetar”, escribió en X que “el equilibrio fiscal es innegociable”.

El gobierno tenía dos opciones: promulgar la ley o vetarla, parcial o totalmente. Eligió la segunda opción, la más extremista y radical. El presidente Javier Milei colocó así un veto total a la ley, mediante el decreto 782/2024, publicado el lunes 2 de septiembre en el Boletín Oficial.

Dos semanas antes, el 29 de agosto, jubilados y sindicatos protestaron frente al Congreso y la respuesta fue una fuerte represión, con gases lacrimógenos y gas pimienta, por parte de la policía. La nueva protesta, ahora contra el veto, no tuvo resultados muy distintos.  Aunque esta vez, la represión vio involucrada a una pequeña de diez años.

En Argentina, el artículo 83 de la Constitución nacional establece que cuando una ley es vetada por el Poder Ejecutivo regresa a la Cámara de origen: el Congreso puede insistir en su redacción original durante el año en que el proyecto fue devuelto o el año siguiente. En caso de que asistan todos los legisladores, para alcanzar los dos tercios en la Cámara de Diputados se requieren 172 votos. En el Senado, en cambio, son necesarios 48.

Como Argentina tiene un bicameralismo perfecto, la ley volvió a la Cámara Baja y, de haber alcanzado los números necesarios, habría tenido que seguir el mismo procedimiento de revisión en el Senado.

Pero como no se han reunido los votos necesarios, el veto seguirá vigente y el Congreso no podrá volver a abordar el tema durante al menos un año.