MONTEVIDEO – Mediante decretos del Presidente de la República del 31/03/2025, publicados en el Boletín Oficial el 31/03/2025, se ha fijado la fecha de los referéndums abrogativos, según el artículo 75 de la Constitución, para los días 8 y 9 de junio de 2025.

El voto es un derecho protegido por la Constitución Italiana y, de acuerdo con la Ley 27 de diciembre de 2001, n. 459, los ciudadanos italianos residentes en Uruguay, inscritos en las listas electorales, pueden votar por correo, recibiendo el paquete electoral en su domicilio.

Para ello, se recomienda verificar y actualizar la información personal y de dirección en la Oficina Consular correspondiente o a través del portal en línea de servicios consulares Fast It. Como alternativa al voto por correspondencia, los electores inscritos en el AIRE (Registro de los Italianos Residentes en el Extranjero) pueden optar por votar en Italia en su municipio de inscripción electoral, comunicando por escrito su elección a esta Embajada dentro de los 10 días siguientes a la convocatoria de las elecciones (10/04/2025).

Los electores que elijan votar en Italia en esta consulta referendaria recibirán de sus respectivos municipios italianos una tarjeta de aviso para votar en los colegios electorales en Italia. La opción de votar en Italia es voluntaria y válida únicamente para este referéndum específico.

La comunicación de la elección de votar en el propio municipio de inscripción electoral puede realizarse en una hoja simple y, para ser válida, debe contener nombre, apellido, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector, junto con una copia de un documento de identidad. Alternativamente, se puede utilizar el formulario específico disponible para su descarga aquí.

El formulario, debidamente completado, firmado y acompañado de un documento de identidad, puede entregarse personalmente o enviarse por correo directamente a la Embajada de Italia en Montevideo, o enviarse por correo electrónico a: elett.montevideo@esteri.it.

Según la normativa vigente, los electores deben asegurarse de que la comunicación de opción enviada por correo sea recibida a tiempo por la Embajada. Las solicitudes recibidas después de la fecha límite no serán consideradas válidas.

La opción de votar en Italia puede ser revocada posteriormente mediante una comunicación escrita enviada o entregada a la embajada con los mismos procedimientos y dentro del mismo plazo establecido para ejercer la opción. En caso de optar por regresar a Italia para votar, la Ley no prevé ningún tipo de reembolso por los gastos de viaje, pero sí facilidades tarifarias dentro del territorio italiano. Para más información, se puede contactar directamente con la Embajada (elett.montevideo@esteri.it).