MONTEVIDEO - El presidente de Uruguay, Yamandú Orsi, firmó el decreto reglamentario de la ley que regula el suicidio asistido en el país, dejándola en plena vigencia.
“La dignidad humana está en el centro también de las decisiones más complejas. Firmé el decreto reglamentario de la ley que regula el suicidio asistido en Uruguay, después de un largo proceso de debate, reflexión y escucha”, escribió el jefe de Estado en un posteo en X.
La ley había sido aprobada por el Parlamento uruguayo en octubre de 2025 con un amplio consenso transversal entre oficialismo y oposición. De este modo, Uruguay se convierte en el tercer país de América Latina en legalizar la eutanasia, después de Colombia y Ecuador, y el primero en regularla a través de una ley aprobada por el Parlamento.
La iniciativa apunta a garantizar el derecho a “afrontar la muerte con dignidad”, despenalizando la eutanasia para adultos mentalmente sanos que se encuentren en la etapa terminal de enfermedades incurables e irreversibles o que las padezcan de manera “insoportable”.
Podrán acceder tanto ciudadanos uruguayos naturales o legales como extranjeros que acrediten residencia habitual en el territorio de la República.
El procedimiento establece que el paciente debe presentar una solicitud personal por escrito ante un médico. Tras una evaluación exhaustiva, se requiere la firma de un segundo médico consultor.
En caso de dudas, interviene una comisión médica integrada por un psiquiatra, un especialista en la patología del paciente y un experto en cuidados paliativos o un clínico. El acto médico debe realizarse con el consentimiento informado del paciente y en un entorno adecuado que garantice el respeto de su dignidad.
Los médicos pueden ejercer la objeción de conciencia en cualquier momento, pero la institución sanitaria está obligada a garantizar el derecho del paciente. Los costos del procedimiento no recaen sobre el paciente, sino que son cubiertos por el Sistema Integrado de Salud, con cargas repartidas entre los prestadores y el Estado.
En el certificado de defunción, la causa final será consignada como “eutanasia”, mientras que la causa de base seguirá siendo la patología terminal.