MONTEVIDEO — En Uruguay hay entre 16.000 y 20.000 personas nacidas en el exterior que pueden votar y tienen la ciudadanía del país, pero que no son consideradas formalmente nacionales uruguayos.

Una paradoja jurídica que el gobierno de Yamandú Orsi busca resolver con una ley interpretativa de la Constitución.

“Para nosotros es una cuestión de derechos humanos”, explicó el prosecretario de la Presidencia, Jorge Díaz, al anunciar la iniciativa elaborada tras una serie de consultas con expertos en derecho constitucional. El proyecto establece que deben ser considerados nacionales uruguayos tanto los llamados ciudadanos “naturales” como los “legales”.

La distinción tiene sus raíces en la primera Constitución uruguaya, de 1830, según la cual son ciudadanos naturales las personas nacidas en Uruguay y los hijos de uruguayos nacidos en el exterior. En cambio, los extranjeros que se radican en el país pueden obtener, después de algunos años de residencia y tras cumplir una serie de requisitos, la llamada “ciudadanía legal”.

En la práctica, una persona puede vivir toda su vida en el país, votar en las elecciones y tener documentos uruguayos, pero seguir siendo considerada formalmente extranjera en lo que respecta a su nacionalidad.

Esta particularidad provocó problemas sobre todo con los pasaportes, ya que los documentos internacionales incluyen un campo específico para la nacionalidad. A lo largo de los años, varios ciudadanos legales denunciaron dificultades en los controles migratorios, inconsistencias en la documentación y trabas para obtener visas.

Para quienes provienen de países que no permiten la doble nacionalidad, la situación es todavía más delicada. Tras obtener la ciudadanía uruguaya, pueden haber perdido o renunciado a la de origen, sin que Uruguay los reconozca como nacionales en igualdad de condiciones con quienes nacieron en su territorio. Díaz habló de personas que quedaron “prácticamente en situación de apatridia”.

El debate cobró especial visibilidad con los cambios introducidos en los últimos años en los pasaportes uruguayos, que reabrieron un interrogante sin resolver desde hace décadas: ¿qué nacionalidad debe figurar en el documento de una persona a la que el Estado considera ciudadana “legal” uruguaya, pero no “nacional”?

Para destrabar la cuestión, los constitucionalistas Ruben Correa Freitas y Martín Risso, consultados por la Presidencia, respaldaron la posibilidad de interpretar la obtención de la ciudadanía legal como un verdadero proceso de naturalización. También la Institución Nacional de Derechos Humanos señaló la ley interpretativa como una de las posibles soluciones al problema.

De todos modos, la propuesta no elimina todas las diferencias previstas en la Constitución. Determinados cargos, como la Presidencia, seguirán reservados a los ciudadanos nacidos en territorio uruguayo y se mantendrán los requisitos que deben cumplir los extranjeros para obtener la ciudadanía.

Algunos constitucionalistas y sectores de la oposición sostienen que una ley interpretativa no alcanza y que, para equiparar ciudadanía y nacionalidad, sería necesaria una reforma constitucional.

Uno de sus argumentos se basa en el propio artículo 81 de la Carta Magna, que establece que la nacionalidad no se pierde ni siquiera al naturalizarse en otro país, mientras que, por separado, precisa que la ciudadanía legal puede perderse tras una naturalización posterior. Para los críticos, esta distinción demostraría que ambos conceptos no son equivalentes.